El Tribunal Constitucional revisó una impugnación al artículo 470 del Código del Trabaj…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional revisó una impugnación al artículo 470 del Código del Trabajo, que limita las excepciones en el procedimiento ejecutivo laboral, por considerar que vulneraba el debido proceso, la igualdad ante la ley y el artículo 19 N° 3, inciso sexto, de la Constitución. El resumen interno sostenía que la norma se ajusta a la Constitución, por cuanto el procedimiento busca un cobro efectivo y oportuno de los créditos laborales, y el principio de concentración y celeridad evita dilaciones por la oposición reiterada de excepciones. Sin embargo, la parte resolutiva del texto íntegro corresponde a una sentencia distinta, referida a la impugnación del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, sobre el impedimento de acceso a penas sustitutivas, y en ella el Tribunal reiteró que dicho impedimento es constitucional, aunque una prevención estuvo por acoger la impugnación. Por lo tanto, el resultado registrado de acogimiento parcial no coincide con el contenido de la sentencia publicada, por lo que este resumen no puede tomarse como representación fiel de la decisión sobre el artículo 470 del Código del Trabajo.
Normas citadas
artículo 470, inciso primero, frase "parte final", de Código del Trabajo
artículo 1655, de Código Civil
artículo 1656, de Código Civil
artículo 469, de Código Civil
artículo 468, de Código Civil
artículo 434, de Código de Procedimiento Civil
artículo 530, de Código de Procedimiento Civil
artículo 544, de Código de Procedimiento Civil
Tribunal ConstitucionalINADeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La Libertad Personal Y Seguridad IndividualDerecho A La Proteccion De Datos PersonalesDerecho A La Protección De La Vida PrivadaDerecho A Obtener Una Resolucion FundadaDerecho Penal Militar
Preguntas frecuentes
¿El artículo 470 del Código del Trabajo, que limita las excepciones en el procedimiento ejecutivo laboral, es constitucional?
El resumen público indica que el Tribunal Constitucional revisó esta impugnación y que el resumen interno la consideraba ajustada a la Constitución, pero no puede tomarse como fiel, porque la parte resolutiva del texto íntegro corresponde a otra sentencia, sobre el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216. Por lo tanto, este documento no permite afirmar con certeza la decisión sobre el artículo 470.
¿Cuál fue la decisión del Tribunal Constitucional sobre el impedimento de acceso a penas sustitutivas de la Ley N° 18.216?
En la sentencia publicada, el Tribunal reiteró que el impedimento de acceso a penas sustitutivas previsto en el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 es constitucional, aunque una prevención estuvo por acoger la impugnación. Este resumen no informa los fundamentos detallados de esa decisión.
¿Qué debe tener en cuenta quien busque el resultado de una impugnación constitucional si el resumen público no coincide con el texto íntegro?
En este caso, el resumen registra un acogimiento parcial que no coincide con la sentencia publicada, por lo que el resumen no puede usarse como representación fiel de la decisión. Conviene consultar directamente el texto íntegro de la sentencia antes de citarla o basarse en ella.
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