El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra el artículo 470 del Código del Trabajo, que limita las excepciones que puede oponer el ejecutado en el juicio ejecutivo laboral, y lo rechazó. La mayoría sostuvo que esa limitación respeta los principios de celeridad, concentración y eficacia del proceso laboral sin vulnerar el derecho a defensa ni el debido proceso del artículo 19 N° 3 de la Constitución, pues el juicio ejecutivo busca ejecutar obligaciones claras, líquidas y exigibles contenidas en un título ejecutivo. Asimismo, señaló que el legislador puede establecer procedimientos diferenciados para materias laborales conforme al artículo 63 N° 3, y que la norma no genera indefensión, como lo demostró la excepción de finiquito, admitida y recibida a prueba en el caso concreto. El fallo, en su parte resolutiva, rechaza el requerimiento, dado que la regla cuestionada aplicada al caso no resulta desproporcionada ni contraria a la igualdad ante la ley.
Tribunal ConstitucionalINADeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La Libertad Personal Y Seguridad IndividualDerecho A La Proteccion De Datos PersonalesDerecho A La Protección De La Vida PrivadaDerechos ImplicitosIgualdad Ante La Ley
Preguntas frecuentes
¿Puede el ejecutado oponer cualquier excepción en un juicio ejecutivo laboral en Chile?
No necesariamente. En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento contra el artículo 470 del Código del Trabajo, que limita las excepciones del ejecutado, y sostuvo que esa limitación respeta el debido proceso porque el juicio ejecutivo busca cobrar obligaciones claras, líquidas y exigibles contenidas en un título ejecutivo.
¿La limitación de excepciones en el juicio ejecutivo laboral vulnera el derecho a defensa?
En este caso, el Tribunal sostuvo que no, porque la norma no genera indefensión. Señaló que la excepción de finiquito fue admitida y recibida a prueba en el caso concreto, lo que demostró que el ejecutado pudo defenderse.
¿Puede el legislador establecer procedimientos distintos para los juicios laborales?
Sí, según lo sostenido en este caso. El Tribunal señaló que el legislador puede establecer procedimientos diferenciados para materias laborales conforme al artículo 63 N° 3 de la Constitución, y que la regla respeta los principios de celeridad, concentración y eficacia del proceso laboral.
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