El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucio…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 472 del Código del Trabajo, que impide la procedencia del recurso de apelación en los procedimientos ejecutivos laborales. El Tribunal consideró que dicha norma vulnera el derecho al debido proceso, específicamente el derecho al recurso y a la revisión de las decisiones judiciales por un tribunal superior, garantizado en el artículo 19 N° 3° inciso sexto de la Constitución. Se argumentó que la exclusión de la apelación, justificada en la celeridad procesal, no es compatible con las exigencias de racionalidad y justicia, pues priva al afectado de un mecanismo eficaz de revisión de resoluciones que le causan gravamen. La decisión restituye la competencia del tribunal de alzada para revisar la resolución impugnada, sin crear un nuevo recurso. Hubo votos en contra y prevenciones.
Normas citadas
artículo 470, de Código del Trabajo
artículo 468, de Código del Trabajo
artículo 169, de Código del Trabajo
artículo 203, de Código de Procedimiento Civil
artículo 474, de Código de Procedimiento Civil
Ley N?217.798
artículo 464, numeral 6, de Ley N?217.798
artículo 162, inciso cuarto, de Ley N?217.798
Tribunal ConstitucionalINADeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La Libertad Personal Y Seguridad IndividualDerechos ImplicitosDominio Máximo LegalIgualdad Ante La LeyIgualdad En La Ley
Preguntas frecuentes
¿Procede el recurso de apelación en los procedimientos ejecutivos laborales en Chile?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad y declaró que el artículo 472 del Código del Trabajo, que excluía la apelación en esos procedimientos, es inconstitucional por vulnerar el derecho al recurso y a la revisión por un tribunal superior.
¿El impedimento de apelar en un procedimiento ejecutivo laboral vulnera el debido proceso?
Según este fallo, sí. El Tribunal sostuvo que, aunque la exclusión se justifica en la celeridad procesal, priva al afectado de un mecanismo eficaz para revisar resoluciones que le causan gravamen, lo que no es compatible con las exigencias de racionalidad y justicia del artículo 19 N° 3 de la Constitución.
¿Qué efecto tiene la inaplicabilidad del artículo 472 del Código del Trabajo sobre la apelación?
En este caso, la decisión restituye la competencia del tribunal de alzada para revisar la resolución impugnada en el procedimiento ejecutivo laboral, sin crear un nuevo recurso. El fallo tuvo votos en contra y prevenciones.
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