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El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo por acceso a información…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo por acceso a información pública presentado en contra de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. El Consejo determinó que la solicitud original no versaba sobre información pública, sino sobre una queja por discriminación en la reparación de caminos, y además no fue presentada por los canales habilitados para solicitudes de transparencia. En consecuencia, al no haberse ejercido el derecho de acceso a la información pública en los términos exigidos por la Ley de Transparencia, no podía tener lugar una solicitud de amparo ante este Consejo. La resolución no obsta a que el recurrente formule una nueva solicitud de acceso a la información pública al servicio reclamado, a través de los canales correspondientes y requiriendo en forma clara y precisa la entrega de un determinado acto, documento o antecedente.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede un amparo por acceso a la información pública si la solicitud original no pedía información pública y no se presentó por los canales de transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque la solicitud no versaba sobre información pública y no se presentó por los canales habilitados. Al no ejercerse el derecho de acceso en los términos de la Ley de Transparencia, no podía tener lugar el amparo.

¿Puede una persona presentar nuevamente una solicitud de información si un amparo fue declarado inadmisible?

Sí. En este caso, el Consejo indicó que la resolución no impide que el recurrente formule una nueva solicitud de acceso a la información pública al servicio reclamado, a través de los canales correspondientes y pidiendo de forma clara y precisa el acto, documento o antecedente requerido.

¿Una queja por discriminación en la reparación de caminos puede tramitarse como solicitud de transparencia ante la Dirección de Vialidad?

En este caso, el Consejo sostuvo que la solicitud original era una queja por discriminación y no una petición de información pública, por lo que no correspondía tramitarla como solicitud de transparencia. Quien quiera acceder a documentos del servicio debe requerirlos expresamente por los canales de transparencia.

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