El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa contra una municipalidad, relativo a la falta de publicación de concursos públicos en su sitio electrónico. El Consejo ordenó al reclamante subsanar la presentación, indicando con claridad los hechos y concursos afectados, conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia. Al no haber realizado la subsanación en el plazo de cinco días hábiles, se declaró la inadmisibilidad del reclamo, de acuerdo con los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 de su Reglamento.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 18.575
Ley N° 19.880
D.S. N° 13
D.F.L. N° 1
Artículo 59 de la Ley N° 19.880
reclamoDecisión de inadmisibilidad
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo para subsanar un reclamo ante el Consejo para la Transparencia por incumplimiento de Transparencia Activa?
En este caso, el Consejo otorgó cinco días hábiles para subsanar el reclamo. Al vencer ese plazo sin subsanación, se declaró la inadmisibilidad, conforme a los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 de su Reglamento.
¿Puede el Consejo para la Transparencia declarar inadmisible un reclamo contra una municipalidad por no publicar concursos públicos?
Sí, en este caso el Consejo declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa contra una municipalidad por la falta de publicación de concursos públicos en su sitio electrónico. La inadmisibilidad se fundó en la falta de subsanación del reclamo.
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