Tributario

Artículos 2, 21, 29 y siguientes, 59, 86, 115, 117, 123,124, 125, 129,130, 131, 131 bis…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículos 2, 21, 29 y siguientes, 59, 86, 115, 117, 123,124, 125, 129,130, 131, 131 bis, 132 y siguientes, y 148 del código tributario; artículos 23 y siguientes, y 59 del decreto ley n° 825 de 1974; artículos 39 y siguientes, y 74 del decreto supremo n° 55 de fecha 2 de febrero de 1977; artículo 31 del decreto ley n° 824 de 1974, ley n° 183.92, y artículos 144 y 170 del código de procedimiento civil. la sociedad biotex s.a. reclama ante el tribunal tributario y aduanero en contra de diversas liquidaciones, emitidas por la xii dirección regional del sii, por conceptos de iva e impuesto único a la renta, por un monto de $2.162.415.278, en razón de haber sido calificadas de maliciosamente falsas sus declaraciones de iva y por el uso indebido de crédito fiscal sustentado en facturas falsas, emanadas de empresas relacionadas. se aborda además la improcedencia del derecho a utilizar el crédito fiscal iva, en razón del cumplimiento de los requisitos establecidos en el inciso 4° del n° 5° del artículo 23 del d.l. n° 825., lo que se relaciona con la ley n° 18.392, o ley navarino, publicada en el diario oficial con fecha 14 de enero de 1985. la sentencia de primera instancia no hace lugar a la reclamación, con costas, lo que es confirmado por la i. corte de apelaciones de punta arena, con costas del recurso, quedando el fallo a firme, al desechar la excma. corte suprema el recurso de casación interpuesto por la actora, con la prevención de dos de sus ministros, quienes estuvieron también por condenar a la recurrente en las costas de este último recurso.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.