Resumen del criterio jurisprudencial
Artículos 2, 21, 29 y siguientes, 59, 86, 115, 117, 123, 124, 125, 127, 129, 130, 131, 131 bis, 132 y siguientes, y 148 del código tributario; artículos 23 y siguientes, y 59 del decreto ley n° 825 de 1974; artículos 38 y siguientes, y 74 del decreto supremo n° 55 de fecha 2 de febrero de 1977; artículo 21 de la ley sobre impuesto a la renta, artículos 144 y 170 del código de procedimiento civil, leyes n°s. 18.320 y 18.392. la causa dice relación con que una contribuyente llevaba a efecto maniobras dolosas a fin de obtener ilegítimamente beneficios económicos y tributarios utilizando facturas falsas para rebajar su carga impositiva, y obtener la bonificación que otorga el estado en de acuerdo a la ley n° 18.392, por las ventas realizadas en el territorio nacional. al efecto utilizaba iva crédito fiscal ficticio proveniente de facturas ideológicamente falsas con el objeto de rebajar el iva débito fiscal, mediante compensación, y una vez pagado el 19% de iva, por el que no desembolsaba dinero alguno, y obtenía una bonificación del 20% de los bienes producidos o los servicios prestados. la reclamante fue condenada en las costas del juicio.