Administrativo

La Municipalidad de Talca deberá analizar la situación del recurrente, procediendo al p…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Municipalidad de Talca deberá analizar la situación del recurrente, procediendo al pago del bono especial de emergencia sanitaria COVID-19 previsto en el artículo 85 de la ley N° 21.306, de ser procedente. Bono de vacaciones que se reclama debe ser pagado por la institución en la que el recurrente desempeñaba funciones en el mes de enero de 2021.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.