Laboral

1 La inercia del empleador para acercarse a su contraparte en la búsqueda de un acuerdo…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2017

Resumen

1 La inercia del empleador para acercarse a su contraparte en la búsqueda de un acuerdo en la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, no puede estimarse como un vicio tal que invalide el requerimiento formulado ante la Dirección Regional. 2. El proyecto de contrato colectivo que fue presentado con posterioridad al requerimiento formulado ante la Dirección Regional del Trabajo para calificar los servicios mínimos y equipos de emergencia, no ha dado inicio a la negociación colectiva, sino hasta el día sexagésimo previo al vencimiento del instrumento colectivo anterior. 3. La presentación del proyecto de contrato colectivo efectuada durante la tramitación de un proceso de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia, no puede ser considerada para dar inicio al fuero de la negociación colectiva, cuyo cómputo deberá efectuarse en relación a la presentación ficta que establece el inciso 2° del artículo 333 del Código del Trabajo.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Ley N° 20.940
  • Artículo 333 del Código del Trabajo
  • Resolución N° 228
  • Artículo 309 del Código del Trabajo
  • Artículo 359 del Código del Trabajo

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.