El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido por un recurrente en contra…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido por un recurrente en contra del Ejército de Chile, por estimar que la información solicitada fue efectivamente entregada. El organismo recurrido acreditó el despacho de las citaciones para comparecer ante la Comisión de Sanidad del Ejército, tanto mediante cartas certificadas enviadas por Correos de Chile como por correo electrónico, acompañando los comprobantes de recepción respectivos. Ante la disconformidad del recurrente por la ilegibilidad de los números de seguimiento, el Ejército emitió un certificado de búsqueda, tal como aquel lo había solicitado, realizando gestiones ante Correos de Chile que no prosperaron por razones técnicas del sistema de seguimiento. Se concluyó que el organismo dio cumplimiento a lo pedido.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Artículo 46 de la Ley N° 19.880
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Cumple un organismo público con el derecho de acceso a la información si entrega lo solicitado en forma parcial o con dificultades técnicas?
En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que el Ejército cumplió lo pedido al acreditar el envío de las citaciones por carta certificada y correo electrónico, y al emitir un certificado de búsqueda cuando los números de seguimiento resultaron ilegibles. Por ello rechazó el amparo.
¿Qué pruebas puede presentar un organismo público para acreditar que notificó citaciones por carta certificada y correo electrónico?
En este caso, el Ejército acompañó los comprobantes de recepción de las cartas certificadas enviadas por Correos de Chile y de los correos electrónicos. Estos antecedentes sirvieron para acreditar el despacho de las citaciones ante la Comisión de Sanidad.
¿Qué debe hacer un organismo si el solicitante no puede verificar el envío de un documento por falta de información de seguimiento?
En este caso, el Ejército emitió un certificado de búsqueda, como lo había pedido el recurrente, y realizó gestiones ante Correos de Chile que no prosperaron por fallas técnicas del sistema de seguimiento. El Consejo consideró que con ello se dio cumplimiento a lo solicitado.
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