Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto contra el Ejército de Chile por la negativa a entregar información sobre personal y servicios prestados en la casa de un oficial, solicitada en las letras d), e) y f) de una solicitud de acceso. El Ejército invocó la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra b), de la Ley de Transparencia, al sostener que la información forma parte de un expediente sumarial aún en desarrollo, cuya publicidad podría afectar el éxito de la investigación. El Consejo citó precedentes propios y un dictamen de la Contraloría General de la República, según los cuales la reserva del sumario es temporal y cesa una vez afinado el procedimiento. Por ello, rechazó el amparo, pero recomendó al Ejército entregar la información cuando la investigación se encuentre afinada.