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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo presentado contra la Com…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo presentado contra la Comisión para el Mercado Financiero, debido a que el recurrente no acreditó haber realizado una solicitud de acceso a la información previa que habilitara la interposición del recurso. El Consejo señaló que, al no existir una vulneración al derecho de acceso a la información, el amparo carecía de un elemento habilitante. No obstante, se indicó que el afectado puede formular una nueva solicitud de acceso a la información pública ante el organismo reclamado, conforme a los artículos 5° y 10 de la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede un amparo al derecho de acceso a la información si no se presentó antes una solicitud previa ante el organismo?

No. En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo contra la Comisión para el Mercado Financiero porque el recurrente no acreditó una solicitud previa de acceso a la información, que es el elemento que habilita el recurso.

¿Qué pasa si un amparo es declarado inadmisible por falta de solicitud previa en materia de transparencia?

En este caso, el Consejo señaló que, al no existir una vulneración del derecho de acceso, el amparo carecía de un elemento habilitante. Sin embargo, dejó a salvo que el afectado puede presentar una nueva solicitud ante el organismo, conforme a los artículos 5° y 10 de la Ley de Transparencia.

¿Puede una persona volver a pedir información a un organismo público después de un amparo inadmisible?

Sí. En este caso, el Consejo indicó que el afectado puede formular una nueva solicitud de acceso a la información pública ante la Comisión para el Mercado Financiero, de acuerdo con los artículos 5° y 10 de la Ley de Transparencia.

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