Resumen del criterio jurisprudencial
La demandada Marie Solange Charles Sermini dedujo recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que revocó el fallo de primer grado y acogió la acción de amparo de aguas deducida por Sebastián Badilla Hernández, ordenando reponer el libre paso de las aguas y reconstruir el canal borrado. La recurrente invocó infracción a los artículos 19 del Código Civil, 181 del Código de Aguas, artículo 7 del Decreto Ley N° 2603 de 1979 y normas reguladoras de la prueba, cuestionando la legitimación del actor y la falta de regulación de una servidumbre de acueducto. La Corte Suprema rechazó el recurso por no cumplir con los requisitos de la casación en el fondo, al no explicar claramente cómo se produjeron las infracciones y por presentar planteamientos divergentes e incompatibles. Se consideró que el recurso no se ajustaba al carácter de derecho estricto del arbitrio procesal.