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El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad, rec…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019

Resumen

El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad, rechazando la impugnación contra normas que excluyen penas sustitutivas para ciertos delitos. La sentencia establece que la determinación de la ley penal más favorable corresponde al juez del fondo, conforme a los principios de irretroactividad de la ley penal desfavorable y retroactividad de la más favorable (artículo 19 N° 3 de la Constitución y artículo 18 del Código Penal). El Tribunal razonó que suprimir penas sustitutivas para delitos específicos no es discriminatorio, pues el legislador puede establecer tratos diferenciados fundados en mandatos constitucionales, como el control de armas. Además, señaló que estas exclusiones son racionales al centrar el debate en la pena y no en su modalidad de ejecución, respetando el principio de legalidad.

Normas citadas

  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social

Preguntas frecuentes

¿Corresponde al Tribunal Constitucional decidir cuál es la ley penal más favorable en un caso concreto?

No. En esta sentencia el Tribunal Constitucional señaló que la determinación de la ley penal más favorable corresponde al juez del fondo, aplicando los principios de irretroactividad de la ley penal desfavorable y retroactividad de la más favorable.

¿Es discriminatorio que la ley excluya penas sustitutivas para ciertos delitos?

No, según este fallo. El Tribunal Constitucional razonó que el legislador puede establecer tratos diferenciados fundados en mandatos constitucionales, como el control de armas, por lo que la exclusión no es discriminatoria.

¿Son constitucionales las normas que excluyen penas sustitutivas para delitos específicos?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó la impugnación y las consideró racionales, porque centran el debate en la pena y no en su modalidad de ejecución, respetando el principio de legalidad.

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