Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cálculo de la bonificación por retiro de la ley N° 19.882 para un exfuncionario a contrata que, en los últimos tres años previos a su cese, fue designado en un grado mejor remunerado. El dictamen establece que, conforme al artículo séptimo de dicha ley, cuando un funcionario a contrata cambia de grado en el trienio anterior al retiro, la bonificación debe calcularse considerando la remuneración imponible del grado que tenía al momento del cambio, o del primero si hubo más de uno, salvo que se trate de promociones o cambios a la planta. En el caso concreto, el exfuncionario mantuvo el mismo grado 8 de la E.U.S., pero su designación como experto implicó un aumento remuneratorio, por lo que la base de cálculo debe ser la remuneración del grado 8 de la planta técnica que servía al inicio del período, sin considerar el incremento posterior.