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La Contraloría General de la República se pronunció sobre quién debe pagar el subsidio…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre quién debe pagar el subsidio derivado del permiso postnatal parental de los funcionarios del sector público. Según el decreto N° 1.433, de 2011, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 20.545, el subsidio y sus cotizaciones deben ser pagados por el servicio empleador, el cual debe luego recuperar esos montos de las entidades que otorgan los subsidios maternales. Con base en esa normativa y en el decreto con fuerza de ley N° 44, de 1978, así como en la Circular N° 2.784, de 2011, de la Superintendencia de Seguridad Social, la Contraloría concluyó que el Servicio de Impuestos Internos debe pagar directamente a sus funcionarios dichos subsidios, quedando obligado a requerir el posterior reintegro a las entidades correspondientes, bajo pena de responsabilidades administrativas.

Normas citadas

  • CTr art/197 bis
  • ley 20545 art/6
  • CTr art/195 inc/1
  • CTr art/195 inc/2
  • dto 1433/2011 Hacie
  • ley 20545 art/9
  • DFL 44/78 Traps
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Quién debe pagar el subsidio del permiso postnatal parental de los funcionarios del sector público?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que el subsidio y sus cotizaciones deben ser pagados por el servicio empleador, conforme al reglamento de la ley N° 20.545, que luego debe recuperar esos montos de las entidades que otorgan los subsidios maternales.

¿Puede el Servicio de Impuestos Internos pagar directamente el subsidio postnatal parental a sus funcionarios?

Según este dictamen, sí: la Contraloría concluyó que el Servicio de Impuestos Internos debe pagar directamente a sus funcionarios dichos subsidios, quedando obligado a requerir después el reintegro a las entidades correspondientes.

¿Qué consecuencia tiene para un servicio público no requerir el reintegro del subsidio postnatal pagado a sus funcionarios?

En este caso, la Contraloría señaló que el servicio queda obligado a requerir el posterior reintegro de esos montos a las entidades correspondientes, bajo pena de responsabilidades administrativas.

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