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La Defensa interpuso un recurso de queja aduciendo que los Ministros de Alzada no se ha…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Defensa interpuso un recurso de queja aduciendo que los Ministros de Alzada no se habrían pronunciado respecto de la inadmisibilidad de los recursos de apelación concedidos a los acusadores; así como respecto de las minorantes que beneficiaban al acusado, y la incorrecta determinación de la pena en la sentencia definitiva. La Corte Suprema desestimó el recurso señalando que conceder o denegar un recurso de apelación no es una resolución que admita ser impugnada por la vía del recurso disciplinario. En cuanto a las minorantes alegadas, y su influencia en la determinación de la pena, expresó que el reconocimiento y calificación de éstas, así como el quantum de la sanción para efectos del otorgamiento de la remisión condicional de la pena, son un tema de interpretación propia de la labor de los jueces del fondo. A mayor abundamiento, agregó que la pena impuesta en autos, aun con el reconocimiento de las modificatorias invocadas por la Defensa, se encuentra dentro de los márgenes que la ley permite. El voto de minoría declaró que procedía acoger la minorante de procurar reparar con celo el mal causado, porque la ley no reclama resultados exitosos, sino sólo que se exteriorice un propósito serio traducido en un esfuerzo personal considerable encaminado a la obtención del resarcimiento. Sin embargo, el voto de minoría declaró que la falta de reconocimiento no era impugnable por la vía disciplinaria, porque es facultad privativa de los sentenciadores del grado rebajar o no la pena base cuando concurren atenuantes de responsabilidad criminal, según lo dispone el artículo 68 inciso tercero del Código Penal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.