Resumen del criterio jurisprudencial
Desestima solicitud de reconsideración parcial del dictamen N° 3.278, de 2020, pues la norma de prescripción extintiva que procede aplicar al bono que indica es la del artículo 510 del Código del Trabajo. JUNJI carece de facultades para declarar o alegar dicha prescripción, toda vez que no posee relación laboral con los beneficiarios de aquel bono.