Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Gobierno Regiona…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena, ordenando la entrega de información sobre la tramitación, aprobación, ejecución y rendición de un programa de apoyo a microempresarios y asignaciones directas. Se desestimó la alegación del organismo recurrido, ya que las normas de acceso a la información pública reconocen el ejercicio de este derecho a toda persona, sin prohibición por detentar un cargo público. Lo requerido constituye información pública que permite el control social sobre el uso de fondos públicos. De forma previa, deberán reservarse los datos personales de contexto y los números de cuenta bancaria de personas jurídicas de derecho privado. Además, se ordenó reservar la dirección de correo electrónico remitente de las postulaciones, salvo que se haya utilizado una casilla institucional pública. El tribunal apercibió con multas en caso de incumplimiento.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • ResolucióN° 30
  • Artículo 2° de la ley 20.285
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un funcionario público puede pedir información sobre programas de apoyo a microempresarios del gobierno regional?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y resolvió que las normas de acceso a la información pública reconocen este derecho a toda persona, sin prohibición por detentar un cargo público. Por eso desestimó la alegación del organismo recurrido.

¿Qué información sobre asignaciones directas y rendición de fondos públicos debe entregar un gobierno regional?

En este caso, el Consejo ordenó entregar la información sobre tramitación, aprobación, ejecución y rendición del programa, por tratarse de información pública que permite el control social sobre el uso de fondos públicos. Antes de la entrega, deben reservarse ciertos datos personales y cuentas bancarias de personas jurídicas privadas.

¿Qué datos pueden reservarse al entregar información de postulaciones a un programa público?

En este caso, el Consejo ordenó reservar los datos personales de contexto y los números de cuenta bancaria de personas jurídicas privadas, además de la dirección de correo electrónico remitente de las postulaciones. Esta última solo debe entregarse si se usó una casilla institucional pública.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2023 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo de acceso a la informaci…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo interpuesto contra la Se…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra el Servicio de Vivienda y Urba…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Subsecretaría…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Subsecretaría…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.