El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad pres…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad presentado contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que restringe la aplicación de penas sustitutivas a la privación de libertad. La mayoría sostuvo que el ius puniendi del Estado no es absoluto y debe limitarse por principios constitucionales como la dignidad humana, la proporcionalidad y la reinserción social. Estimó que la exclusión total de beneficios sustitutivos para ciertos delitos resulta desproporcionada e irracional, al no guardar relación con la gravedad del ilícito y vulnerar los artículos 19 N° 2 y N° 3 inciso sexto de la Constitución. En cambio, rechazó la impugnación contra el artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, sobre control de armas.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 17, inciso B, de Ley N° 17.365
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 66, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 67, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 68, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 69, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 8, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional que la ley excluya de forma total las penas sustitutivas para ciertos delitos?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento y estimó que la exclusión total de beneficios sustitutivos para ciertos delitos es desproporcionada e irracional, por no guardar relación con la gravedad del ilícito y vulnerar la dignidad humana y la reinserción social.
¿El ius puniendi del Estado puede ser ilimitado al establecer penas?
No. En este caso, el Tribunal sostuvo que el ius puniendi estatal no es absoluto y debe limitarse por principios constitucionales como la dignidad humana, la proporcionalidad y la reinserción social.
¿Se puede impugnar por inaplicabilidad la prohibición de control de armas de la Ley N° 17.798?
En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó la impugnación contra el artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798 sobre control de armas, sin acoger el reclamo sobre esa norma.
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