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La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una funcionaria…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una funcionaria del Departamento de Salud de la Municipalidad de San Ramón, quien denunció ser víctima de acoso laboral por parte de la directora del Centro de Salud Familiar Gabriela Mistral. El municipio no respondió dentro del plazo a los oficios de requerimiento de informe, y el organismo recordó la obligación de contestar en forma completa y documentada las solicitudes de la Contraloría, conforme al artículo 9° de su ley orgánica. Luego, reiterando su jurisprudencia, sostuvo que corresponde al alcalde verificar la eventual existencia de acoso laboral y ordenar, si procede, un procedimiento disciplinario, aplicando el artículo 82, letra m), de la ley N° 18.883 por remisión del Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal. Por ello, instruyó a la autoridad edilicia a adoptar las medidas para indagar las posibles infracciones e informar en el plazo de 15 días.

Normas citadas

  • ley 10336 art/9 inc/2
  • ley 18883 art/82 lt/m
  • ley 19378 art/4
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer el alcalde si una funcionaria municipal denuncia acoso laboral?

En este caso, la Contraloría sostuvo que corresponde al alcalde verificar la eventual existencia de acoso laboral y ordenar, si procede, un procedimiento disciplinario, conforme al artículo 82, letra m), de la ley N° 18.883. Además, le instruyó adoptar medidas para indagar las posibles infracciones e informar en 15 días.

¿Está obligada una municipalidad a responder los requerimientos de informe de la Contraloría General de la República?

En este caso, la Contraloría recordó que el municipio debe contestar en forma completa y documentada sus solicitudes, conforme al artículo 9° de su ley orgánica. El organismo constató que la municipalidad no respondió dentro del plazo a los oficios de requerimiento de informe.

¿Puede la Contraloría pronunciarse sobre denuncias de acoso laboral en servicios de atención primaria municipal?

En este caso, la Contraloría se pronunció sobre el reclamo de una funcionaria del Departamento de Salud municipal, aplicando el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, que remite al artículo 82, letra m), de la ley N° 18.883. Reiteró su jurisprudencia de que es el alcalde quien debe verificar la denuncia y ordenar el procedimiento que corresponda.

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