Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la petición de un funcionario de salud que reclamaba la asignación permanente de la ley N° 19.264 y el pago retroactivo de su estipendio, además de las vacaciones proporcionales que pedía. El órgano fiscalizador precisó que el emolumento exige, además de desempeñarse en la modalidad prevista por la ley, que se le haya conferido un cupo presupuestario asignado por el Ministerio de Salud. Como la asignación fue otorgada desde septiembre de 2012, la Contraloría dio por solucionado ese aspecto, pero declaró improcedente el pago retroactivo, pues el derecho sólo nace desde la concesión del cupo. Respecto de las vacaciones, entendió que se trataba del descanso compensatorio de diez días hábiles del artículo 3°, N° 1, que el beneficiario debe optar antes del 30 de junio de cada año, para usarlo en la anualidad siguiente. Como el funcionario percibe la asignación desde septiembre de 2012, sólo podrá optar por el descanso antes del 30 de junio de 2013 para usarlo en 2014.