TributarioRechaza

La Corte de Apelaciones acogió el recurso de hecho interpuesto por la contribuyente en…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte de Apelaciones acogió el recurso de hecho interpuesto por la contribuyente en contra de la resolución, que pronunciándose sobre la reposición y apelación subsidiaria deducida por su parte en contra de la sentencia dictada por un Director Regional, negó lugar a dicho recurso por extemporáneo. El recurrente con fecha 01 de julio del 2014 dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio en contra de la sentencia dictada por la Directora Regional de Santiago Centro que fue notificada mediante carta certificada enviada el 6 de junio de 2014 y recepcionada el día 19 de junio del mismo año. La Corte de Apelaciones indicó sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11 inciso 5° del Código Tributario, lo cierto era que constaba del proceso, según aparecía del certificado de envío, obtenido del sitio web de Correos de Chile, que la reclamante había sido notificada por carta certificada de la sentencia dictada en el proceso, con fecha 19 de junio de 2014, razón por la que el recurso de apelación interpuesto el 1° de julio de 2014, se había presentado dentro del plazo que establecía el artículo 139 del Código Tributario.

SIIjurisprudencia judicial tributaria

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.