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Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo de acces…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo de acceso a la información presentado contra la Superintendencia de Servicios Sanitarios. El reclamante no subsanó las omisiones requeridas dentro del plazo legal, ya que no aclaró la infracción denunciada ni la información omitida, pese a haber sido notificado para ello conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia. El Consejo ejerció su facultad de solicitar la subsanación, pero la parte interesada no realizó presentación alguna. En consecuencia, se aplicó lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Transparencia y el artículo 46 del Reglamento, declarándose inadmisible el amparo por falta de claridad en sus fundamentos. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes del Consejo Directivo.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no subsano un amparo de acceso a la información cuando el Consejo para la Transparencia lo pide?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque el reclamante, notificado para ello, no aclaró la infracción denunciada ni la información omitida dentro del plazo legal. Conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, esa falta de subsanación llevó a la inadmisibilidad.

¿Cuándo un amparo de transparencia puede declararse inadmisible por falta de claridad en sus fundamentos?

En este caso, el Consejo sostuvo que el amparo era inadmisible porque sus fundamentos no eran claros, al no precisarse la infracción ni la información requerida tras la solicitud de subsanación. Se aplicaron el artículo 24 de la Ley de Transparencia y el artículo 46 de su Reglamento.

¿El Consejo para la Transparencia puede pedir al reclamante que corrija su amparo antes de rechazarlo?

Sí, en este caso el Consejo ejerció su facultad de solicitar la subsanación de las omisiones del amparo antes de decidir. Como el reclamante no realizó presentación alguna, el amparo fue declarado inadmisible.

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