El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por un imputado respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, en un proceso penal seguido ante el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz. Declaró inconstitucional dicha norma en su aplicación al caso concreto, por restringir de manera desproporcionada la posibilidad de aplicar penas sustitutivas a la privación de libertad, vulnerando los principios de proporcionalidad y humanidad de las penas y el derecho a un procedimiento racional y justo. En cambio, declaró conforme a la Constitución el artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, al estimar que el legislador puede fijar límites al marco penal sin afectar el debido proceso. La sentencia fue comunicada a las Secretarías del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 17, inciso B, inciso segundo, de Ley N° 17.365
artículo 65, de Código Penal
artículo 66, de Código Penal
artículo 67, de Código Penal
artículo 68, de Código Penal
artículo 69, de Código Penal
artículo 51, de Ley N° 20.000
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Puede el juez aplicar una pena sustitutiva a la privación de libertad cuando la ley lo prohíbe por el tipo de delito?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad y declaró inconstitucional el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216 en su aplicación al caso concreto, por restringir de manera desproporcionada la posibilidad de aplicar penas sustitutivas. Lo resolvió por vulnerar los principios de proporcionalidad y humanidad de las penas.
¿Es constitucional que la ley fije límites al marco penal que el juez puede aplicar en un proceso penal?
En este caso, el Tribunal Constitucional declaró conforme a la Constitución el artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, al estimar que el legislador puede fijar límites al marco penal sin afectar el debido proceso. Así, descartó que esa norma vulnerara el derecho a un procedimiento racional y justo.
¿Qué efecto tiene una sentencia de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en un proceso penal?
En este caso, la sentencia dejó sin aplicación la norma impugnada solo en el proceso concreto seguido ante el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz. Además, fue comunicada a las Secretarías del Senado y de la Cámara de Diputadas y Diputados.
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