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El Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento, declarando inconstituc…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020

Resumen

El Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento, declarando inconstitucional el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 en su aplicación al caso concreto, por vulnerar los principios de proporcionalidad y racionalidad al excluir ciertos delitos de penas sustitutivas, sin que ello implique impunidad. En cambio, rechazó la impugnación del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, al considerar que no afecta la proporcionalidad ni la igualdad ante la ley, pues solo limita el marco penal sin interferir en la individualización judicial de la pena, dentro de la facultad legislativa para establecer políticas criminales en materia de control de armas.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 17 B, de Ley N° 17.365
  • artículo 141, inciso tercero, de Código Penal
  • artículo 141, inciso cuarto, de Código Penal
  • artículo 141, inciso quinto, de Código Penal
  • artículo 142, de Código Penal
  • artículo 361, de Código Penal
  • artículo 362, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social

Preguntas frecuentes

¿Es inconstitucional excluir ciertos delitos de la posibilidad de penas sustitutivas de la Ley N° 18.216?

En este caso, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216 en su aplicación concreta, por vulnerar los principios de proporcionalidad y racionalidad. Aclaró que ello no implica impunidad.

¿El límite al marco penal que establece el artículo 17 B de la Ley N° 17.798 vulnera la proporcionalidad o la igualdad ante la ley?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó la impugnación, pues estimó que la norma solo limita el marco penal sin interferir en la individualización judicial de la pena. Lo consideró dentro de la facultad del legislador para definir políticas criminales en control de armas.

¿Puede el Tribunal Constitucional acoger un requerimiento en parte y rechazarlo en parte respecto de normas penales?

En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento: declaró inconstitucional una de las normas impugnadas y rechazó la impugnación de la otra. Así resolvió ambas disposiciones de manera separada.

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