Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad Agrícola, Ganadera y Forestal Las Cruces S.A. solicitó el traslado del ejercicio de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales desde el río Tinguiririca al estero San Miguel. La Dirección General de Aguas denegó la solicitud argumentando falta de disponibilidad hídrica en el nuevo punto de captación, debido a que Endesa es dueña de todos los sobrantes del río Rapel y sus afluentes, según un fallo de la Corte Suprema de 1998. La reclamante interpuso recurso de reclamación, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago. Posteriormente, dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema. La Corte Suprema rechazó ambos recursos, confirmando que la DGA actuó conforme a derecho al exigir disponibilidad probada del recurso y considerar el antecedente de los derechos de Endesa. Se determinó que el estudio hidrológico presentado no suple la necesidad de demostrar disponibilidad a nivel de acuífero y que la carga de la prueba correspondía a la actora.