El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, declarando inadmisible la presentación del requirente. El fallo se fundamentó en que el libelo no cumplió con el requisito del numeral 6° del artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, al carecer de un conflicto constitucional claro y estructurado vinculado al caso concreto. Se consideró que el requerimiento no especificó cómo las contravenciones alegadas se relacionaban con las particularidades del caso, ni se hizo cargo de sentencias previas, como la dictada en una causa similar. Además, se estimó que constituía una reiteración argumentativa de una cuestión ya fallada, sin que hubieran variado las circunstancias de la gestión pendiente. El tribunal concluyó que la aplicación del artículo 17 B inciso segundo de la Ley N° 17.798 no resultaba contraria a la Carta Fundamental.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.290
artículo 17, inciso B), inciso segundo, de Ley N° 17.344
artículo 19, inciso primero, numeral 2
artículo 19, inciso sexto, numeral 3
artículo 17B, de Ley N° 17.798
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 66, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 67, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Cuándo el Tribunal Constitucional declara inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en Chile?
En este caso, el Tribunal Constitucional lo declaró inadmisible porque el libelo no cumplió el requisito del numeral 6° del artículo 84 de su Ley Orgánica, al carecer de un conflicto constitucional claro vinculado al caso concreto. También porque reiteraba una cuestión ya fallada sin variación de las circunstancias de la gestión pendiente.
¿Qué debe hacer el requirente para que el Tribunal Constitucional admita una cuestión de inaplicabilidad que ya fue resuelta en otra causa?
En este caso, el tribunal sostuvo que el requirente debía hacerse cargo de sentencias previas, como la dictada en una causa similar, y explicar por qué su situación justificaba un nuevo pronunciamiento. Como no lo hizo y no hubo cambios en la gestión pendiente, el requerimiento fue declarado inadmisible.
¿Es constitucional la aplicación del artículo 17 B inciso segundo de la Ley N° 17.798 sobre control de armas?
En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que la aplicación de ese precepto no resultaba contraria a la Constitución. La decisión se basó en la inadmisibilidad del requerimiento, por lo que no se analizó en profundidad el fondo del conflicto.
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