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El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento que impugnaba la exclusión de penas…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2022

Resumen

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento que impugnaba la exclusión de penas sustitutivas para ciertos delitos, como violencia de género, uso de armas prohibidas o tráfico de drogas. El Tribunal sostuvo que no existe un derecho fundamental a acceder a penas sustitutivas, pues su aplicación depende de la política criminal definida por el legislador dentro de los límites constitucionales. La exclusión no es discriminatoria, ya que responde a finalidades legítimas como el control de armas y la protección de bienes jurídicos relevantes, y la proporcionalidad de las penas se garantiza en el marco penal. La decisión legislativa no vulnera la igualdad ante la ley ni la dignidad humana, y la determinación de la pena concreta corresponde al tribunal penal competente.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 17 B, de Ley N° 17.365
  • artículo 141, inciso tercero, de Código Penal
  • artículo 141, inciso cuarto, de Código Penal
  • artículo 141, inciso quinto, de Código Penal
  • artículo 142, de Código Penal
  • artículo 361, de Código Penal
  • artículo 362, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINAAcción De InconstitucionalidadDeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La DignidadDerecho A La Libertad Personal Y Seguridad IndividualDerecho A La Proteccion De Datos PersonalesDerecho A La Protección De La Vida Privada

Preguntas frecuentes

¿Existe un derecho fundamental a acceder a penas sustitutivas en Chile?

En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que no existe un derecho fundamental a acceder a penas sustitutivas, pues su aplicación depende de la política criminal que define el legislador dentro de los límites constitucionales.

¿Es constitucional excluir de penas sustitutivas a delitos como violencia de género, uso de armas prohibidas o tráfico de drogas?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y estimó que la exclusión no es discriminatoria, porque responde a finalidades legítimas como el control de armas y la protección de bienes jurídicos relevantes.

¿La exclusión de penas sustitutivas vulnera la igualdad ante la ley o la dignidad humana?

En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que la decisión legislativa no vulnera la igualdad ante la ley ni la dignidad humana, y que la proporcionalidad se garantiza en el marco penal y en la determinación de la pena por el tribunal competente.

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