El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2022
Resumen
El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye la procedencia de penas sustitutivas en ciertos delitos. El requirente alegaba que dicha norma vulneraba principios constitucionales como la proporcionalidad de las penas, la dignidad humana y el derecho a un procedimiento racional y justo, al impedir al juez optar por sanciones alternativas a la privación de libertad. El Tribunal, en su parte resolutiva, desestimó el requerimiento, señalando que la exclusión de beneficios sustitutivos en delitos de violencia de género, uso de armas o tráfico de drogas responde a la potestad del legislador y no resulta desproporcionada ni discriminatoria, pues el reproche adicional de tales ilícitos justifica el presidio efectivo. Además, indicó que la determinación de la pena concreta corresponde al tribunal penal competente, no a esta Magistratura.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 141, inciso tercero, de Código Penal
artículo 141, inciso cuarto, de Código Penal
artículo 141, inciso quinto, de Código Penal
artículo 142, de Código Penal
artículo 361, de Código Penal
artículo 362, de Código Penal
artículo 372 bis, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir las penas sustitutivas de la Ley 18.216 para ciertos delitos graves?
En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y sostuvo que la exclusión de penas sustitutivas en delitos de violencia de género, uso de armas o tráfico de drogas es facultad del legislador y no es desproporcionada ni discriminatoria, pues justifica el presidio efectivo.
¿Puede el juez optar por una pena sustitutiva en lugar de la privación de libertad cuando la ley lo prohíbe?
En este caso, el Tribunal Constitucional señaló que la norma impugnada impide al juez optar por sanciones alternativas a la privación de libertad en esos delitos, y que el Tribunal no determina la pena concreta, lo que corresponde al tribunal penal competente.
¿Vulnera el principio de proporcionalidad de las penas la exclusión de beneficios sustitutivos en delitos de violencia de género o tráfico de drogas?
En este caso, el Tribunal Constitucional descartó la vulneración, porque el reproche adicional que implican tales ilícitos justifica el presidio efectivo y la norma no resulta desproporcionada.
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