Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad Agrícola Paltuncho Limitada solicitó un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas por 2 litros por segundo, al amparo del artículo 4° transitorio de la Ley N° 20.017, para un pozo en Petorca. La Dirección General de Aguas negó la solicitud mediante Resolución Exenta N° 1364 de 2006, y la reclamación fue rechazada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso. El actor dedujo recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, alegando error de derecho en la interpretación de la norma transitoria, sosteniendo que ésta no exige que se trate de captaciones de hecho sin derechos previos. La Corte Suprema rechazó el recurso, confirmando que la norma fue establecida para regularizar captaciones de hecho sin dotación legal, y que los hechos establecidos por los jueces del fondo (que la sociedad ya tenía derechos) no pueden ser alterados por la casación.