Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por una persona contra el Servicio de Registro Civil e Identificación, que pedía entregar datos de inscripciones de nacimiento, matrimonio y defunción, incluyendo número de inscripción, año, registro, circunscripción y el RUN de las personas indicadas. El Consejo rechazó el amparo. Estimó que la Ley de Transparencia no es la vía idónea para acceder a esa información, que forma parte de registros no accesibles al público, y que sus datos deben usarse solo para la finalidad con que fueron recolectados, esto es, la emisión de certificados. Además, consideró que su divulgación afectaría la vida privada, configurándose la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia en relación con la Ley N° 19.628. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.