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El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020

Resumen

El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye ciertos delitos del acceso a penas sustitutivas. La mayoría sostuvo que la exclusión no es discriminatoria ni carece de razonabilidad legislativa, pues responde a la necesidad de sancionar con presidio efectivo conductas vinculadas al narcotráfico y crimen organizado, como las relativas al control de armas. Se descartó que la pena sea desproporcionada, inhumana o degradante, o que constituya derecho penal de autor, ya que las conductas imputadas tienen relevancia social y afectan bienes jurídicos protegidos. El fallo concluyó que no se configuró una duda razonable sobre la inconstitucionalidad de la norma impugnada.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 3, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
  • artículo 21, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
  • artículo 1, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Ley N° 18.216
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINADebido ProcesoReinserción socialDeterminación de la penaIgualdad ante la Leypenas sustitutivasley de control de armas

Preguntas frecuentes

¿Es constitucional excluir ciertos delitos del acceso a penas sustitutivas como la libertad vigilada en Chile?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y sostuvo que la exclusión no es discriminatoria ni carece de razonabilidad, pues responde a la necesidad de sancionar con presidio efectivo conductas vinculadas al narcotráfico y crimen organizado.

¿Una exclusión legal de penas sustitutivas puede considerarse una pena desproporcionada o inhumana?

En este caso, el Tribunal descartó que la pena sea desproporcionada, inhumana o degradante, porque las conductas imputadas tienen relevancia social y afectan bienes jurídicos protegidos.

¿Procede la inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra el artículo 1° inciso segundo de la Ley N° 18.216?

En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que no se configuró una duda razonable sobre la inconstitucionalidad de la norma impugnada, por lo que rechazó el requerimiento.

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