Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de un exempleado del Ejército, personal a jornal, que fue desafiliado del sistema previsional del decreto ley N° 3.500, de 1980. El dictamen concluye que, si sufre un accidente en acto del servicio, dicho personal se encuentra amparado por el estatuto de las fuerzas armadas y no por la ley N° 16.744, pues privarlo de protección en riesgos laborales pugna con los principios de seguridad social. En la parte resolutiva, se sugiere a la Superintendencia de Pensiones revocar el acto de desafiliación, conforme al artículo 61 de la ley N° 19.880, al concurrir los presupuestos para ello. Respecto a la demora del Ejército en evacuar un informe, se desestima iniciar un procedimiento disciplinario, pero se le instruye cumplir los plazos futuros.