El Tribunal Constitucional rechazó los requerimientos de inaplicabilidad presentados co…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021
Resumen
El Tribunal Constitucional rechazó los requerimientos de inaplicabilidad presentados contra los artículos 161 N°10 y 34 del Código Tributario, al considerar que dichas normas ya habían sido aplicadas en una etapa previa de recopilación de antecedentes por el Servicio de Impuestos Internos, la cual se encontraba agotada. El Tribunal sostuvo que, conforme al artículo 93 de la Constitución, la inaplicabilidad procede solo cuando los preceptos impugnados resultan decisivos para la resolución de un asunto judicial pendiente, lo que no ocurría en este caso, pues la investigación penal ya estaba a cargo del Ministerio Público. Además, señaló que eventuales vulneraciones de derechos fundamentales deben ser resueltas por el juez de garantía en el proceso penal, quien puede excluir pruebas ilícitas. La sentencia fue acordada con el voto en contra del ministro G.P., quien estuvo por rechazar el requerimiento.
Normas citadas
artículo 34, de Código Tributario
artículo 161, inciso primero, numeral 10, de Código Tributario
artículo 161, inciso segundo, de Código Tributario
artículo 161, inciso tercero, de Código Tributario
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la pena
Preguntas frecuentes
¿Procede la inaplicabilidad de los artículos 161 N°10 y 34 del Código Tributario si el SII ya los aplicó en una etapa previa de recopilación de antecedentes?
En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento porque las normas ya se habían aplicado en una etapa de recopilación de antecedentes del SII que estaba agotada. Así, no eran decisivas para un asunto judicial pendiente, pues la investigación penal ya estaba a cargo del Ministerio Público.
¿Puede el Tribunal Constitucional resolver una supuesta vulneración de derechos fundamentales en la entrega de información tributaria durante un proceso penal?
En este caso, el Tribunal sostuvo que las eventuales vulneraciones de derechos fundamentales deben resolverse por el juez de garantía dentro del proceso penal, quien puede excluir pruebas ilícitas. Por eso no acogió el requerimiento por esa vía.
¿Qué exige el artículo 93 de la Constitución para que proceda una inaplicabilidad por inconstitucionalidad?
En este caso, el Tribunal señaló que la inaplicabilidad procede solo cuando los preceptos impugnados resultan decisivos para resolver un asunto judicial pendiente. Como ese requisito no se cumplía, rechazó los requerimientos contra los artículos 161 N°10 y 34 del Código Tributario.
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