Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región del maule acogió una reclamación interpuesta en contra de una notificación de infracción contemplada en el artículo 97 n° 10 del código tributario, por ¿no otorgamiento de documento tributario por traslado¿. al respecto, la sentencia estableció que si bien el órgano fiscalizador denunció al contribuyente, por supuesta infracción tributaria del no. 10 del artículo 97 del código del ramo, no se acreditó en sede jurisdiccional que el denunciado hubiera tenido la calidad de vendedor de las mercancías transportadas, en los términos establecidos en el numeral 3° del artículo 2 del decreto ley no. 825, de 1974, sobre impuesto a las ventas y servicios. no obstante la carga probatoria que pesa sobre el órgano fiscalizador en este tipo de juicios y, por lo tanto, no era posible tener por acreditado el hecho de que el denunciado estaba obligado a emitir la guía de despacho u otros documentos tributario correspondiente ni menos aún tener por configurada la infracción tributaria denunciada.