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El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad contra el artícu…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye ciertos delitos de las penas sustitutivas. La mayoría consideró que la disposición no vulnera la igualdad ante la ley ni el derecho a un procedimiento racional y justo, pues el legislador tiene potestad para establecer penas efectivas en delitos graves como violencia de género, uso de armas prohibidas o tráfico de drogas, sin que ello sea desproporcionado. Se concluyó que la exclusión es razonable dentro de la política criminal y que el control de constitucionalidad debe considerar el caso concreto, no siendo aplicable al requirente.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • Constitución Política, artículo 1, inciso cuarto
  • Constitución Política, artículo 19, inciso segundo, numeral 3
  • Constitución Política, artículo 19, inciso cuarto, numeral 3
  • Constitución Política, artículo 19, inciso noveno, numeral 3
  • Constitución Política, artículo 19, inciso primero, numeral 7, letra c), párr. 1
  • Constitución Política, artículo 19, inciso primero, numeral 8
  • Constitución Política, artículo 19, inciso segundo, numeral 8
Tribunal ConstitucionalINAConstitucionalidad De Decretos SupremosDerecho A La Libertad Personal Y Seguridad IndividualDerecho A La Proteccion De Datos PersonalesDerecho A La PruebaDerechos ImplicitosDeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La República

Preguntas frecuentes

¿Es constitucional excluir de las penas sustitutivas de la Ley N° 18.216 a ciertos delitos graves, como los de violencia de género o tráfico de drogas?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y sostuvo que la exclusión no vulnera la igualdad ante la ley ni el debido proceso, pues el legislador puede establecer penas efectivas para delitos graves dentro de su política criminal.

¿Puede el Tribunal Constitucional declarar inaplicable el artículo 1° inciso segundo de la Ley N° 18.216 por ser desproporcionado?

En este caso, el Tribunal rechazó la inaplicabilidad porque consideró que la disposición no es desproporcionada, y que el control debe atender a las circunstancias concretas del caso, lo que no favorecía al requirente.

¿Vulnera el derecho a un procedimiento racional y justo que la ley excluya de las penas sustitutivas a determinados delitos?

En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que la exclusión no vulnera el derecho a un procedimiento racional y justo, por tratarse de una opción legítima del legislador en materia de penas para delitos graves.

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