Resumen del criterio jurisprudencial
El caso trata de una demanda de nulidad absoluta por simulación relativa de un contrato de reconocimiento de deuda, finiquito y dación en pago, y de una posterior compraventa de derechos de aprovechamiento de aguas, presentada por los herederos de René Olivares contra Delia Galleguillos y la Asociación de Canalistas del Canal Camarico. Los demandantes alegaron que el contrato era simulado para desheredarlos y perjudicar a uno de ellos. El Tercer Juzgado de Letras de Ovalle acogió la demanda, declarando la nulidad de ambos contratos y ordenando la cancelación de inscripciones y restitución de derechos. La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó el fallo. La demandada Delia Galleguillos interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, denunciando infracción a los artículos 1433, 2295, 2297, 2299 y 2303 del Código Civil. La Corte Suprema rechazó el recurso, argumentando que el recurrente omitió extender la infracción a las normas decisorias de la controversia (artículos 1401, 1681, 1682 y 1687 del Código Civil), por lo que los errores denunciados carecían de influencia en lo dispositivo del fallo. En consecuencia, se mantuvo la declaración de nulidad absoluta y las condenas accesorias.