PenalRechaza

Recurso de nulidad deducido por la Defensoría Penal Pública a favor de un condenado por…

Sentencia · Corte Suprema · 2013

Resumen

Recurso de nulidad deducido por la Defensoría Penal Pública a favor de un condenado por el delito de violación con homicidio. En dicha presentación se reclamaba de actuaciones autónomas ilegales de funcionarios de Carabineros y de infracción al derecho a no autoincriminarse, puesto que el ex conviviente de la víctima es llevado a una Comisaría, y luego de tres horas de ser entrevistado en calidad de testigo, revela ser el autor del hecho, dirigiéndose luego con los funcionarios policiales al sitio del suceso, donde había enterrado el cadáver. Al respecto la Excma. Corte señala, ante el reclamo de actuaciones ilícitas y autónomas, que dichos funcionarios no estaban investigando la comisión de un delito de homicidio, sino que recibieron una denuncia por presunta desgracia y, en virtud de ello, el Ministerio Público les dio una orden amplia de investigar para desarrollar las labores propias y oportunas que permitieran dar con el paradero de la persona desaparecida. Agrega además el fallo, que la actividad desplegada por la policía cae en una de las excepciones a la exclusión de prueba ilegal, cual es la buena fe, porque si bien es cierto, no era excusable que simplemente le anunciaran que su calidad cambiaría de testigo a imputado cuando dijo que quería decir lo que había hecho, que la mató y que la enterró en el bosque y que los funcionarios decidieran primero comprobar si ello era cierto, porque no le creyeron, la verdad es que cuando lo llevaron al Cuartel, no lo condujeron como sospechoso de homicidio, sino que efectivamente como testigo en una investigación por presunta desgracia. Por otra parte, refiere el fallo en comento que, el solo transcurso de ocho horas no es un tiempo que resulte excesivo o que por sí solo permita considerar que se ha incurrido en una vulneración de derechos que afecte el juicio o el libre albedrío de un hombre adulto y joven. Finalmente, se indica que el imputado fue informado sobre el derecho que tenía a ser asistido por un abogado defensor y él decidió no contar con dicho profesional para declarar lo que deseaba informar a las autoridades respectivas. Esta situación es posible, desde que no es obligatoria la presencia del profesional mencionado para que el imputado declare, sino tan sólo que se le asegure el acceso a ese derecho y ello se cumplió, al punto que el abogado llegó al lugar donde éste se encontraba y se entrevistó con aquél. Luego, es relevante destacar, tal como lo hicieron los jueces del fondo, que después de la entrevista con el abogado, el imputado perseveró en declarar y sólo después de la insistencia del profesional, optó por interrumpir su confesión.

Normas citadas

  • Código Procesal Penal
  • Artículo 7 del Código Procesal Penal
  • Artículo 228 del Código Procesal Penal
  • Artículo 297 del Código Procesal Penal
Revista Jurídica del Ministerio PúblicoFallosMATERIAS DE INTERÉS GENERAL

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.