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El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad contra el artícu…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad contra el artículo 196 ter de la Ley de Tránsito, que impide acceder a penas sustitutivas a condenados por manejo en estado de ebriedad con resultado de lesiones o muerte. El requirente argumentaba que la norma vulneraba los principios de proporcionalidad e igualdad ante la ley, al obligar a cumplir un año de prisión efectiva. Sin embargo, el Tribunal consideró que la exclusión de penas sustitutivas en delitos de violencia de género, uso de armas prohibidas o tráfico de drogas, entre otros, es una decisión razonable del legislador en el marco de su potestad de política criminal. Se concluyó que la disposición no es desproporcionada ni discriminatoria, y que la determinación de la pena concreta corresponde al tribunal penal competente.

Normas citadas

  • artículo 196, inciso tercero, de Ley N° 18.290
  • Ley N° 18.216
  • artículo 397, numeral 1, de Código Penal
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social

Preguntas frecuentes

¿Se puede acceder a penas sustitutivas si una persona fue condenada por manejar en estado de ebriedad causando lesiones o muerte?

En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que la norma que excluye estas penas sustitutivas no es desproporcionada ni discriminatoria, por lo que rechazó el requerimiento. Consideró que es una decisión razonable del legislador en materia de política criminal.

¿Es constitucional la exclusión de penas sustitutivas para ciertos delitos de tránsito en Chile?

En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que la exclusión no vulnera los principios de proporcionalidad ni de igualdad ante la ley. Estimó que el legislador tiene la potestad de definir qué delitos quedan fuera de las penas sustitutivas.

¿Quién determina la pena concreta en un caso de manejo en estado de ebriedad con resultado de lesiones o muerte?

En este caso, el Tribunal Constitucional señaló que la determinación de la pena concreta corresponde al tribunal penal competente. El control constitucional se limitó a la norma que excluye las penas sustitutivas.

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