Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público interpuso un recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, fundado en las casuales de los artículos 374 letra e) y 373 letra b) del Código Procesal Penal, por estimar que el Tribunal no valoró completamente la prueba presentada. La Corte acogió el recurso por la primera causal, señalando que el Tribunal se limitó a enumerar la prueba rendida sin exponer claramente lo que daba por acreditado, así como tampoco los razonamientos que sustentaban sus valoraciones y conclusiones. Del mismo modo faltó un examen de toda la prueba presentada, siendo que resultaba de relevancia para dirimir las contradicciones entre ellas, al igual que un análisis comparativo que explicara la preferencia de unas por sobre otras.