Resumen del criterio jurisprudencial
Se interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por la negativa a acoger a trámite la solicitud de residencia definitiva de la recurrente, fundada en el incumplimiento del tiempo mínimo de residencia temporal exigido. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, concluyendo que el acto del servicio no fue ilegal ni arbitrario, pues la normativa migratoria (Ley N°21.325 y su Reglamento) exige un período mínimo de residencia temporal para postular a la residencia definitiva. Además, se constató que los antecedentes fueron remitidos al departamento competente para otorgar un permiso temporal, manteniendo a la extranjera en situación regular. Por tanto, no se vulneraron las garantías constitucionales invocadas y el recurso fue rechazado.