TributarioRechaza

Hechos controvertidos: 1.

Resumen del criterio jurisprudencial

Hechos controvertidos: 1. efectividad que la resolución ex. nº1.096 de fecha 29.04.2019, adolece de los vicios que se acusa afectarían su validez y que permitirían dejarla sin efecto. antecedentes, hechos y circunstancias que lo acrediten. 2. efectividad de concurrir, a la época de la emisión de la resolución reclamada, los presupuestos fácticos que permitirían concluir que los conceptos reclamados (cuenta nº5.116.111 "ss prestados por 3º" por $63.811.712.-. cuenta nº5.119.391 "gastos exp. prov. eerr" por $210.000.000.-. cuenta nº6.111. 702 "contribuciones br" por $10.522.911.-. cuenta nº6.114.099 "reparaciones varias" por $ 9.929.302.-. cuenta nº6.119.101 "gastos grales. diversos" por $ 48.026.122.-. cuenta nº 6.144.001 "pérdida venta de af" por$ 20.374.261.-. y sobre la pérdida de la venta del inmueble ubicado en avenida carlos antúnez nº1941, ubicado en la comuna de providencia), cumplen con los requisitos generales y especiales para ser deducidos de la renta líquida imponible de los años tributarios liquidados. antecedentes, hechos y circunstancias que lo acrediten. 3. antecedentes, hechos y circunstancias que acrediten la procedencia de la devolución solicitada por $14.615.455.- en la declaración del año tributario 2018. “que, a estos autos la reclamante no acompañó antecedentes legibles ni prueba idónea que contenga ese balance, rli ni registros de rentas empresariales, de manera que esta sentenciadora no puede establecer si, con ellos, a la época de emisión de la resolución reclamada permitían concluir que las cuentas objeto del pleito cumplían con los presupuestos legales para aceptar su deducción. c. en todo caso, se hace presente que, de acuerdo a las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, al amparo de lo que exigen los artículos 17 y siguientes del código tributario, con meros registros no se satisface el estándar de acreditar la veracidad de una declaración de impuestos ni las partidas que las componen en términos tales que se pudiera tener por justificado un resultado tributario que habilite para acceder a una devolución de impuestos que incide en el erario fiscal.” “en la especie, se ha establecido en esta sentencia que, siendo suya la carga de la prueba, la actora no acreditó las partidas que dedujo como gastos del ejercicio y que conllevaron a que declara su resultado negativo, de manera que, ese solo hecho, descarta per se que, en la especie concurran todos los presupuestos que el legislador ha establecido para acceder a la devolución solicitada” lo resuelto: no ha lugar ca: no se apeló.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.