El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad y declaró que el…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad y declaró que el artículo 125, numeral 1), párrafo tercero, oración final, de la Ley General de Pesca y Acuicultura es inconstitucional. La norma establecía que la denuncia de funcionarios fiscalizadores constituía presunción de haberse cometido la infracción. La mayoría del Tribunal consideró que dicha presunción vulnera el debido proceso (artículo 19 N° 3 de la Constitución), al otorgar un valor probatorio desproporcionado a la denuncia sin que medie una investigación administrativa previa que verifique los hechos, lo que rompe la igualdad procesal y restringe el derecho de defensa del denunciado. Se concluyó que la presunción no se funda en hechos comprobados, sino que opera automáticamente por el solo cumplimiento de formalidades, afectando el derecho a un procedimiento racional y justo.
Constitución Política, artículo 38 bis, inciso segundo
Constitución Política, artículo 38 bis, inciso segundo, letra a)
Constitución Política, artículo 65, inciso quinto
Tribunal ConstitucionalINAFuncionarios municipalesFuncionarios públicosTutela laboralPrincipio de legalidadMunicipalidadesAdministración Pública
Preguntas frecuentes
¿Una denuncia de un fiscalizador puede presumirse como prueba de una infracción en la pesca y acuicultura?
En este caso, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la oración final del numeral 1) del artículo 125 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, que presumía cometida la infracción por la sola denuncia de funcionarios fiscalizadores. Sostuvo que esa presunción vulnera el debido proceso.
¿Es constitucional que la denuncia de un fiscalizador baste para presumir una infracción sin investigación previa?
No, según este fallo del Tribunal Constitucional. La mayoría consideró que la presunción otorga un valor probatorio desproporcionado a la denuncia sin una investigación administrativa que verifique los hechos, rompiendo la igualdad procesal.
¿Afecta el derecho de defensa una presunción legal que opera por el solo cumplimiento de formalidades?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que sí. Concluyó que la presunción no se funda en hechos comprobados, sino que opera automáticamente, lo que restringe el derecho de defensa del denunciado y afecta el derecho a un procedimiento racional y justo.
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