Resumen
1.- identificación intervinientes: escuelas especiales de lenguaje amanecer talcahuano ltda, representada por don leonardo andrés herrera ulloa y servicio de impuestos internos dirección regional concepción. 2.- ruc: 19-9-. 3.-rit: gr-10-00023-2019. 4.-normas aplicables: 21, 29, 30 y 31, todas de la ley de impuesto a la renta y artículo 5 del d.f.l n°, de educación. 5.- fecha de sentencia: 08 de junio de 2020. 6.-materia. liquidación. 7- submateria. renta. impuesto único de primera categoría. 8.- tribunal que dictó la sentencia: tribunal tributario y aduanero región ñuble y región del biobío. 9.-tipo de procedimiento: procedimiento general de reclamación. 10.-servicio recurrido: servicio de impuestos internos. 11.- resultado de la causa. ha lugar en parte al reclamo deducido..- resumen: se deja sin efecto solamente la liquidación n°95 por concepto de impuesto de primera categoría, correspondiente al año tributario 2016 en lo que respecta a) reducir el monto de la diferencia de ingresos exentos no contabilizados, del mes de julio de 2015, de $6.973.981 a la suma de $30.926, sobre la cual se aplicará impuesto de primera categoría; y b) se elimina la diferencia total de ingresos exentos no contabilizados, del mes de diciembre de 2015, ascendentes a $1.565.532.