El tribunal tributario y aduanero de la araucanía acogió en parte el reclamo de liquida…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2014
Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la araucanía acogió en parte el reclamo de liquidaciones formulado por el contribuyente farid riadi hazbun, en contra de las liquidaciones 13516 a 13528, emitidas por el servicio de impuestos internos el 16 de abril de 2013. estimó el tribunal que procedía confirmar las actuaciones del ente fiscalizador consistentes en las liquidaciones números 13517 a 13528, ambas inclusive, relativas al impuesto al valor agregado efectuadas al contribuyente, debiendo dejarse sin efecto la liquidación n° 13516, sobre impuesto de primera categoría y global complementario, por haberse excedido el ente fiscalizador en sus facultades al efectuar la tasación correspondiente transgrediendo lo dispuesto en el artículo 35 de la ley de impuesto a la renta.
Normas citadas
Código Tributario
Ley de Impuesto a la Renta
Decreto Ley N° 825
Decreto Ley N° 824
Ley N° 18.320
Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios
Código de Procedimiento Civil
Artículo 24 del Código Tributario
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