Resumen del criterio jurisprudencial
Se estimó al discutir la naturaleza del ingreso diferido del pago adelantado de cuotas de arrendamiento, que el contrato era de tracto sucesivo, de larga data, que no encuadraba en los criterios de excepción a los que la Circular N° 17 de 1980 del Servicio de Impuestos Internos se refería.