El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido en contra de la SEREMI de B…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido en contra de la SEREMI de Bienes Nacionales Región del Maule, por la entrega de una copia de plano. El tribunal concluyó que no resultaba procedente requerir al órgano reclamado la entrega de antecedentes que no obran en su poder, ya que el organismo explicó que el plano solicitado no fue elaborado por dicho Servicio, sino por una empresa consultora, y que no disponía de él. En consecuencia, al no existir antecedentes que condujeran a una conclusión contraria, se rechazó el amparo.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Ley 2695
Decreto ley 2695
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Puede un organismo público ser obligado a entregar un plano que fue elaborado por un tercero?
Según este fallo, no, cuando el organismo acredita que el plano no fue elaborado por él y que no dispone de una copia. El Consejo sostuvo que no corresponde requerir antecedentes que no obran en el poder del órgano reclamado.
¿Qué debe hacer una persona si un organismo público dice no tener el plano que solicitó vía Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo estimó que la respuesta del organismo era suficiente al explicar que el plano fue preparado por una consultora externa y que no lo poseía. Por ello, el amparo fue rechazado, sin perjuicio de que la persona pueda dirigir su solicitud a quien elaboró el documento.
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