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El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020

Resumen

El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que restringe la procedencia de penas sustitutivas a la privación de libertad. El fallo consideró que la disposición vulnera los principios de igualdad ante la ley, debido proceso y proporcionalidad de las penas, al excluir de forma absoluta ciertos delitos de dichos beneficios sin considerar el quantum de la pena como criterio objetivo de gravedad. Se argumentó que las penas sustitutivas no implican impunidad y que su exclusión desproporcionada afecta la reinserción social y el equilibrio entre derechos del condenado, víctimas y sociedad. No obstante, en el caso concreto se rechazó la impugnación, al no configurarse una pena desproporcionada, inhumana o degradante, ni tratarse de conductas inofensivas.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 17 B), de Ley N° 17.365
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social

Preguntas frecuentes

¿El artículo 1° inciso segundo de la Ley 18.216 que excluye ciertos delitos de las penas sustitutivas es constitucional?

En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento y sostuvo que la exclusión absoluta de ciertos delitos vulnera la igualdad ante la ley, el debido proceso y la proporcionalidad de las penas, al no considerar el quantum de la pena como criterio objetivo. Sin embargo, rechazó la impugnación en el caso concreto.

¿Las penas sustitutivas implican impunidad para el condenado según la jurisprudencia constitucional?

En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que las penas sustitutivas no implican impunidad, y que su exclusión desproporcionada afecta la reinserción social y el equilibrio entre los derechos del condenado, las víctimas y la sociedad.

¿Cuándo una pena privativa de libertad puede considerarse desproporcionada, inhumana o degradante en Chile?

En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que no se configuraba una pena desproporcionada, inhumana o degradante, ni se trataba de conductas inofensivas, por lo que rechazó la impugnación respecto de la aplicación concreta.

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