PenalAcoge

El Ministerio Público acusó al imputado como autor de tres delitos de estafa.

Resumen del criterio jurisprudencial

El Ministerio Público acusó al imputado como autor de tres delitos de estafa. En iguales términos se adhirió el querellante, quien demandó civilmente por el perjuicio económico y el daño moral sufridos. La Defensa solicitó la absolución alegando que los hechos consistían en incumplimientos de obligaciones civiles. El Tribunal estimó que los ilícitos denunciados configuraban el delito de estafa del artículo 473 del Código Penal, desechando la alegación de la Defensa, por estimar que concurrían todos los elementos de los delitos de la acusación al haberse apropiado el acusado por medios inmateriales de dineros ajenos aprovechando un montaje que distorsionó la realidad de los ofendidos. En efecto, se logró demostrar que el imputado publicó servicios de construcción a bajos precios, ofreciendo incluso iniciar las obras con recursos propios pese a registrar diversas morosidades en el sistema financiero, impresionando como una persona confiable y eficiente, logrando así adelantos de pagos por parte de las víctimas, quienes se encontraban confiadas en una apariencia de seriedad por contratos suscritos ante notario. El Tribunal agregó que efectivamente existió un incumplimiento voluntario de obligaciones jurídicas, mediante engaño, constituyendo esta conducta una estafa contractual materializada en una de las formas de embaucamiento que contempla el artículo 473 del Código Penal, desde que quedó acreditado que el sujeto activo no tenía la intención, ni la capacidad, de cumplir lo ofrecido. Finalmente, los jueces acogieron la demanda civil presentada, condenándolo al pago de los daños emergente y moral ocasionados.

Boletín del Ministerio PúblicoFALLOS

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.